domingo, 26 de enero de 2014

LO MEJOR DE LA SEMANA, de Juan Cejudo. Cadiz. Benjamin Forcano, Pbro. CLARETIANO.

 
La cuestión parecía resuelta y aquietada. Pero, no. Vuelven a oírse voces que reclaman pronunciamientos contundentes: en el aborto se daría siempre, desde el primer momento, la eliminación de un ser humano, un crimen.

No me cuesta suponer que esa afirmación puede expresarse de buena fe, como si fuera la única verdadera y, en consecuencia, toda acción abortiva se la considera reprobable. Digo que no me cuesta, porque el ser humano es limitado y multicondicionado y puede llegar a mantener como verdad lo que es un error.
Mientras en la cuestión del aborto se utilice la costumbre y no el análisis, la obediencia y no la razón, la fe como instancia suprarracional y no como instancia compatible con la razón, no podremos presumir de una convivencia basada en normas sopesadas y acordadas por todos.
Hoy, muchas normas del pasado las discutimos e incluso las modificamos porque conocemos mejor la realidad humana. Los avances científicos descubren aspectos ignotos, ahora conocidos, que imponen cambios y renovación.
El tema del aborto desde siempre lo he visto flaquear por un fallo fundamental: suscita partidarios del sí y del no, sin pararse a averiguar el por qué de la divergencia. Todos estamos a favor de la vida, pero el sí unánime se rompe por suprimir el acto primero: averiguar de qué se trata. Y nos lanzamos a una disputa que no se sabe si es de convicción o manipulación.
En el aborto ocurre una gran confusión, que hoy no debiera ocultarse. Y es lo que urge poner al descubierto: el aborto, propiamente hablando, se da cuando se frustra la vida de un individuo humano. ¿Cuándo ocurre esto en el proceso de gestación? ¿Se da desde el primer momento del cigoto?
Esta es la cuestión, importante, y que requiere dilucidación. Tenemos que averiguar en qué momento el embrión queda constituido como ser humano. Hasta no esclarecer esto, difícilmente se aclararán otras cuestiones posteriores. De no hacerlo, continuaremos en el ámbito de la polémica estéril y de la condenación mutua, sin dar en el blanco.
Procedo, por tanto, a plantear dos cuestiones: 1ª) Cuándo comienza la vida humana. 2ª). Cómo y quiénes en un Estado democrático y de Derecho tienen la responsabilidad de hacerlo y promulgarlo para todos.
1. Cuándo comienza la vida humana
Desde el nuevo enfoque de la biología molecular, hoy se afirma por numerosos científicos que el genoma no es sustancia al modo aristotélico, ni es sujeto humano. Los factores genéticos son parte del embrión, pero no bastarían ellos para constituir un individuo humano: “La biología molecular ha llevado a su máximo esplendor el desarrollo de la genética, en forma de genética molecular. Pero, a la vez, ha permitido comprender que el desarrollo de las moléculas vivas no depende sólo de los genes” (Diego Gracia, Ética de los confines de la vida, III, página 106).
Los genes no son una miniatura de persona.
Tanto para el desarrollo como para la ética del embrión, la información extragenética es tan importante como la información genética, la cual es también constitutiva de la sustantividad humana. La constitución de esa sustantividad no se daría antes de la organización (organogénesis) primaria e incluso secundaria del embrión, es decir, hasta la octava semana: “Trabajos como los de Byme y Alonso Bedate hacen pensar que el cuándo (de la constitución individual) debe acontecer en torno a la octava semana del desarrollo, es decir, en el tránsito entre la fase embrionaria y la fetal. En cuyo caso habría que decir que el embrión no tiene en el rigor de los términos el estatuto ontológico propio de un ser humano, porque carece de suficiencia constitucional y de sustantividad, en tanto que el feto sí lo tiene. Entonces sí tendríamos un individuo humano estricto, y a partir de ese momento las acciones sobre el medio sí tendrían carácter causal, no antes” (Idem, páginas 130-131).
Lógicamente, quien siga esta teoría puede sostener razonablemente que la interrupción del embrión antes de la octava semana no puede ser considerada atentado contra la vida humana, ni pueden considerarse abortivos aquellos métodos anticonceptivos que impiden el desarrollo embrionario antes de esa fecha. Esto es lo que, por lo menos, defienden no pocos científicos de primer orden (Diego Gracia, A. García-Bellido, Alonso Bedate, J. M. Genis-Gálvez, etcétera).
La teoría expuesta establece un punto de partida común para entendernos, para orientar la conciencia de los ciudadanos, para fijar el momento del derecho a la vida del prenacido y para legislar con un mínimo de inteligencia, consenso y obligatoriedad para todos.
Haciendo de esto una lectura desde la historia y cultura cristianas, comprobamos que nunca en el cristianismo existió posición unánime que afirmase que la vida se daba desde el comienzo. San Alberto y Santo Tomás eran de opiniones diversas y la diversidad se mantuvo hasta nuestros días. El mismo concilio Vaticano II aludió al tema (GS 51), pero se cuidó mucho de no pronunciarse sobre el cuándo se da la vida humana, confirmando lo que es opinión general entre teólogos. “No está en el ámbito del Magisterio de la Iglesia, el resolver el momento preciso después del cual nos encontramos frente a un ser humano en el pleno sentido de la palabra” (Bernhard Häring, Moral y Medicina, Madrid, PS, 1971, pp, 78-79).
2. Quiénes en un Estado democrático y de Derecho tienen la responsabilidad de hacerlo y promulgarlo para todos
Si tenemos en cuenta lo dicho, entonces estamos en condiciones de poder alcanzar un acuerdo racional, científico y ético prepolíticos, porque la puerta de que disponemos para entrar en esa “realidad” es común a todos, y no es otra que la de la ciencia, la de la filosofía y la de la ética. Puerta que vale también para los que se profesan creyentes.
En un Estado democrático, ninguna instancia civil o religiosa puede atribuirse el poder legislativo, como si dimanase de sí misma al margen de la realidad personal de los ciudadanos. La ética debe determinarse en cada tiempo mediando la racional y responsable participación de los ciudadanos, pues la razón con todo el abanico de sus recursos investigativos es la que, por tratarse de la dignidad humana y de sus derechos, nos habilita para llegar a ellos, explorarlos, entenderlos, valorarlos y acordarlos democráticamente.
Por lo mismo, en el tema del aborto desde instancias científico-éticas se recorre un camino común, compartible por todos.
Sin negar validez a los credos religiosos, podemos de esta manera convivir acordando entre todos lo mejor éticamente para cualquiera de los problemas que se planteen a toda comunidad civil.
La competencia legislativa de la Sociedad y del Estado no significa que siempre exprese en sus leyes el contenido perfecto de la Moral. Pueden consensuarse normas democráticamente que, por circunstancias y razones varias, exijan un perfeccionamiento posterior y haya ciudadanos que, con todo derecho, así lo demanden.
¿Es un derecho de la mujer el derecho al aborto?
Deseo referirme ahora al aspecto problemático del “ derecho” de la mujer al aborto. La realidad nos dice que la vida en gestación no es, propiamente hablando, una parte del cuerpo femenino. La gestación tiene como causa, aunque de manera diferente, a dos sujetos, varón y mujer, en una relación que sobrepasa la estricta individualidad e implica responsabilidad de ambos.
En este sentido, cuando se dice que la mujer tiene derecho a decidir sobre su propio cuerpo, lo es en el sentido en que lo es toda persona: el propio cuerpo, si se lo conoce bien, marca propiedades, cualidades y exigencias que hay que respetar y que imponen límites a actuaciones que pudieran resultar irracionales o perjudiciales. Siempre la persona se distingue por obrar responsablemente.
Pero la decisión cobra otro sentido cuando implica a una persona en situación de embarazo. Los derechos brotan siempre de la realidad de la persona. Un derecho es aquel que pertenece a la persona, en todo momento y lugar, en razón de su misma condición y dignidad. ¿Existe en alguna legislación el derecho al aborto como un derecho de la mujer?
El embrión o feto no es una parte más del organismo femenino, una parte parasitaria, sino efecto de una relación de dos cuerpos y de dos voluntades, de dos personas. Otra cosas es con qué calidad y grado de conocimiento, amor y responsabilidad se lleva a cabo esa relación. En este sentido, creo que la acción abortiva no puede reclamarse como un derecho de la mujer, pues no versa sobre el cuerpo de la mujer sino sobre el efecto de una relación, que se llama embrión y sobre cuyo valor ontológico debe decidir la investigación humana, apoyada en las ciencias y en la ética.
Para determinar si el aborto es un derecho de la mujer se precisa determinar el contenido de esa acción. Por otra parte, la configuración ética de la acción de abortar (finalizar el embarazo) tiene un significado que se enmarca en el contexto y evolución histórica de una Cultura, Sociedad, Religión y Estado. Cuando nacemos y entramos en sociedad todos participamos del código y normas que esa sociedad nos depara, irremediablemente. Y habrá normas diversas que reflejarán más o menos justicia, más o menos igualdad, más o menos patriarcalismo, etc. Y tarea de los ciudadanos será trabajar para que las normas desfasadas o injustas sean cambiadas y perfeccionadas.
En esa historia registramos la realidad de la tiranía ejercida sobre la mujer por el patriarcalismo. Toda lucha será poca hasta lograr que la igualdad sea un hecho en las relaciones masculino-femeninas. Pero, tal empeño no implica, creo, la afirmación de que el aborto es un derecho de la mujer. Ciertamente, será la pareja quien decida en última instancia, pero el significado de la acción de abortar es lo que es y nadie lo puede anular o cambiar a su antojo. La realidad nos dice que el embrión no es una parte constitutiva del cuerpo de la mujer, sino otra cosa. Y, como he indicado antes, una cosa es el embrión hasta la octava semana, hasta ahí no sería todavía sujeto humano constituido; y otra es cuando ya pasa a ser feto (sujeto humano sustantivizado) a partir de la octava semana.

Lo más importante, hacer innecesario el aborto
Son muchas, ciertamente, las causas que pueden provocar el aborto. Pero, en una sociedad abierta y pluralista como la nuestra, que goza de información suficiente y de múltiples instancias educativas, no se entiende la magnitud que el aborto reviste en edades juveniles. Seguramente, son muchos los factores que inhiben en unos y en otros una tarea informativa y educativa obligatoria y a tiempo. Conocer esos factores y combatirlos sería la manera más eficaz de hacer desaparecer el aborto. Ahí, la sociedad entera (familia, escuela, medios, administración política…) tienen creo, la responsabilidad mayor.
Apostar por la vida de todos
Hago un canto a la vida y me sumo a todos aquellos que, de mil maneras, la defienden, la liberan y la protegen cuando de vidas humanas reales se trata.
No obstante, me parece absurdo y contradictorio – y por eso lo denuncio- el hecho de que personas, sectores, movimientos y muchas instancias civiles salgan a defender con intransigencia una vida embrionaria y no adopten actitudes con parecido ardor y urgencia respecto a los miles y millones de vidas que, a diario, viene sacrificadas en el altar de la guerra, de la explotación, de la miseria, de la injusticia y esto en grados de alta crueldad y complicidad.
  

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